DEDUCIBLE DE IMPUESTO

Donación. Acción y efecto de donar. Libertad de una persona que transmite gratuitamente una cosa que le pertenece a favor de otra que la acepta.

Realizar donaciones puede otorgar beneficios fiscales. Los donativos pueden ser deducibles, por lo que además de contribuir a una causa específica, también es posible deducirlos de los impuestos.

Para que un donativo pueda deducirse deberán ser otorgados a una fundación que esté autorizada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). A estas entidades se les conoce como donatarias autorizadas y para corroborar cuáles son aquellas que tienen las facultades para otorgar un comprobante deducible de impuestos, es posible revisar la lista de instituciones aprobadas en el portal del SAT.

El Artículo 27 LISR menciona que el monto total de los donativos deducibles no podrán exceder al 7% de sus ingresos (Persona Física) o Utilidad Fiscal (Persona Moral) en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúa la deducción.

Ejemplo de una donación: Se otorga un donativo por $5,000.00 pesos a la Filantrópica, y en el ejercicio 2019 los ingresos del donante acumulados fueron de $70,000.00. Se determina el límite a deducir por este concepto:

Ingresos acumulables $70,000.00 x límite 7% = $4,900.00 importe máximo a deducir por concepto de donativos.

La diferencia entre el donativo otorgado y el importe máximo, no será deducible, es decir, $5,000.00 del donativo entregado – $4,900.00 máximo a deducir = $100.00 que no serán deducibles.

El donante deberá contactar a la Filantrópica para solicitar la factura que compruebe dicho donativo, para realizarlo la institución pedirá datos fiscales, tales como: RFC, Nombre o Razón Social, Domicilio Fiscal y correo electrónico para la elaboración del CFDI correspondiente, el cual podrás utilizar para realizar la deducción en la declaración.

El donativo debe realice a través de transferencia electrónica, cargo a tarjeta de debito o crédito o cheque nominativo de la cuenta fiscal del donante.

En caso de ser transferencia, ésta debe realizarse directamente a la cuenta de la Filantrópica que expedirá el CFDI correspondiente.

En caso de cheque, éste debe ser Nominativo a favor de la Filantrópica.